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Viernes, 20 de Noviembre de 2009 10:17 |
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El RD 1644/2008, de 10 de octubre de 2008, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas entrará en vigor el día 29 de diciembre de 2009. Este Real Decreto tiene por objeto establecer las prescripciones relativas a la comercialización y puesta en servicio, con el fin de garantizar la seguridad de las mismas y su libre circulación, de acuerdo con las obligaciones establecidas en la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo del 17 de mayo de 2006 (publicada en el BOE 9/6/2006) relativa a máquinas y por la que se modifica la directiva 98/37/CE relativa al marcado CE de maquinaria.
Dicho Real Decreto es de obligado cumplimiento y debe aplicarse a los siguientes productos:
a) las máquinas;
b) los equipos intercambiables;
c) los componentes de seguridad;
d) los accesorios de elevación;
e) las cadenas, cables y cinchas;
f) los dispositivos amovibles de transmisión mecánica;
g) las cuasi máquinas.
Si su empresa desarrolla alguno de estos tipos de productos y necesita realizar el marcado CE del mismo, le rogamos no dude en ponerse en contacto con ITECAM para solicitar más información.
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